Estado Pagaría Compensación a Odebrecht
Por Rafael E Yepes Blanquicett
La nueva norma establece que, "cuando autoridad administrativa o judicial declare la nulidad absoluta del contrato por causa ilícita, en la liquidación deberán reconocerse: el valor actualizado de costos, las inversiones y los gastos ejecutados por el contratista, incluyendo los intereses, menos la remuneración y pagos recibidos por el contratista, en virtud del cumplimiento del objeto contractual", con el ingrediente adicional de que ésta tiene carácter retroactivo.
Ante tal exabrupto, el primero en reaccionar fue el excontralor, Edgardo Maya Villazón, quien interpuso, de manera inmediata, una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, por lo que la Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Fernando Carrillo Flórez, un poco antes del inicio de la vacancia judicial de final de año, radicó una "solicitud de urgencia nacional" ante la misma Corte, pidiéndole, a través de una carta, prioridad para el estudio de la demanda del excontralor, la cual tiene enfrentados a varios sectores por un "articulito", cuya aplicación retroactiva podría terminar beneficiando a Odebretch y a otros contratistas privados que hayan incurrido en corrupción.
Rafael E Yepes Blanquicett
Como se puede ver, todo un "mico" legislativo que se "coló" en la ley, aprobada por una subcomisión accidental, luego de varios enfrentamientos en intensos debates en el Congreso.
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